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En virtud de las noticias divulgadas en un medio informativo nacional, nuestra posición con respecto a las investigaciones que se siguen en los diferentes estrados judiciales, así como por la Auditoría del Banco de Costa Rica.

1. El BCR siempre ha estado y está anuente en brindar información de interés para la colectividad.

2. En el Banco de Costa Rica somos respetuosos del ordenamiento jurídico vigente y aplicable a nuestras actuaciones que se ubican en el marco que el principio de legalidad define (artículos 11 Constitucional y de la L1 GAP). En consecuencia con ello, respetamos el principio de inocencia, lo cual significa que toda persona mantiene su condición de inocente, hasta que una sentencia judicial firme defina lo contrario, luego de haber realizado el procedimiento penal y conceder a las partes los derechos que garantizan el debido proceso (artículos 36 de la Constitución Política; 11 1’ de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14 2’ del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (4229); 26 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 8 2’ de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (4534) (7907) (7750); y finalmente 9 y 142 del Código Procesal Penal vigente).

3. En relación con las denuncias penales mencionadas recientemente por un medio noticioso electrónico, reiteramos nuestro compromiso institucional con la ética e integridad en el ejercicio de la función pública y confirmamos nuestra política, que conlleva la total intolerancia hacia cualquier tipo de comportamiento contrario al ordenamiento jurídico aplicable en el Conglomerado Financiero BCR. Asimismo, manifestamos nuestra confianza en la objetividad, independencia y profesionalismo del Ministerio Público y sus funcionarios para la valoración de la denuncia y la realización de cualquier diligencia que estime pertinente realizar.

4. Los temas consultados en su momento son objeto de discusión en estrados judiciales, por lo que nuestros asesores jurídicos nos recomiendan evitar referirnos a ellos, en respeto a la investidura de los Tribunales de Justicia, por consideración a las partes involucradas, por razones éticas y por tratarse algunos de procesos de acuerdo con el artículo 295 del Código Procesal Penal. En este sentido, el Código de Moral del Colegio de Abogados, impone a sus agremiados el deber de “…abstenerse de publicar escritos judiciales o las discusiones mantenidas en relación con los mismos asuntos, ni pieza alguna del expediente. Concluido el proceso, podrán publicar en forma ponderada y respetuosa sus escritos y las sentencias y dictámenes del expediente, pero no los escritos del adversario sin autorización. Los comentarios deberán ser respetuosos y ecuánimes...”. Por esta razón es que no podemos ni debemos referirnos a procesos judiciales que todavía se encuentran en trámite en los Tribunales de Justicia, como los que han sido objeto de consulta.


Publicado el: 22 de February del 2019.